Estar acompañada al momento del parto de un ser querido es mas saludable.

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                Articulo revista 

Agosto / Septiembre 2009

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Mundialmente las Organizaciones en pos de los partos humanizados y los gobiernos han reconocido y evaluado la importancia de el cuidado preventivo de la mujer embarazada y materno infantil.  Puerto Rico no ha sido la excepción.  Por esta razón se creó la ley 156 (Ley de acompañamiento durante el trabajo del parto,  parto y nacimiento) del diez de agosto del 2006.  La misma tiene como propósito garantizar que la mujer tenga la oportunidad de elegir si desea esta o no acompañada por las personas de su confianza.

La importancia de asegurar la salud emocional d las familias en desarrollo creo curiosidad cuando las mujeres al momento del parto solicitan ser acompañadas por sus parejas o parientes.  Esta conducta llevo a estudiar a científicos como: el Dr.  Michel Odent / médico cirujano francés,  Dr.  Marshall Klaus/ Obstetra y científico del comportamiento humano,  Organización Mundial de la Salud,  Unisef,  Relacahupan entre otros,  sobre la importancia de la salud mental de la embarazada y del bebe por nacer.   Ellos encontraron que el trabajo de parto es 80% emocional y 20% físico y que las mujeres que parián acompañadas su estado emocional era mucho más estables que las que parián solas.  Por esto vieron reducciones en cesáreas en un 50%,  reducción del uso de analgésicos durante el trabajo de parto 35%,    reducción de oxitocina en un 70% (Estudio del beneficio del acompañamiento durante el trabajo de parto realizado por Dona of North America en 1999).

Jackieyjesi

En Estados Unidos,  en los últimos 25 anos la obstetricia ha ido tomando un giro hacia las alternativas cada vez naturales más  naturales y humanizadas.  Procedimientos de antaño se hicieron de forma rutinaria tales como;  la anestesia epidural,  el uso de oxitócicos para acelerar el parto,  las cesáreas injustificadas por la salud de la mujer,  los usos del fórceps y episiotomías,  estos son cada vez menos usados en toda la nación.  Al igual que los ambientes de las salas de partos se han tornado cada ves en lugares que invitan a la participación familiar y que garantizan la formación de mejores vínculos familiares y el éxito de la lactancia.   Puerto Rico cuenta con hospitales altamente renombrados los cuales han adoptado estos modelos de atencion y cuidados de la salud utilizados por los Estados Unidos.  Lo cual la integración de la ley no les ha sido difícil.  Según el texto de la ley esta es aplicada indiscriminadamente en todos los hospitales de Puerto Rico (públicos y privados),  garantizando,  respetando y considerando los derechos de la mujer embarazada.  El mismo tiene como fin promover que el parto se logre de forma natural. 

Con esta ley la mujer disfruta de los siguientes derechos; 

  • A estar acompañada por sus seres de confianza (Pareja,  Doula,  Partera,  Monitris,  entre otros)
  • Ser informada con anticipación sobre las distintas intervenciones medicas que pudiera tener lugar durante los procesos del parto,  de manera que la parturienta pueda decidir en su tratamiento cuando existen diferentes alternativas.
  • A no ser intimidada de forma negativa
  • A recibir la educación necesarea sobre los aspectos del embarazo, parto y lactancia.
  • A solicitar una segunda opinión sin que se le tome represalias
  • A ser tratada con respeto de forma individual
  • Al parto natural como primera alternativa,  evitando prácticas invasivas y suministro de medicamentos que no estén justificados por su estado de salud o de la persona por nacer.

Los objetivos de la ley son;

  • Mejorar la calidad de atención a la cual tienen derecho las embarazadas y sus bebes.
  • Fomentar la participación activa de la familia e incorporar el protagonismo de la mujer que se encuentra de parto
  • Reducir el índice de cesareas en Puerto Rico de un 50% a un 15% según las recomendaciones de la OMS.
  • Educar al equipo de salud en temas como lo es la humanización del parto,  lactancia materna y los derechos básicos de la mujer embarazada.

Otros objetivos;

  • Mujeres mas contentas en su desarrollo y participación en el parto
  • Familias mas concientes de la importancia del cuidado materno infantil
  • Madres mas comprometidas y dispuestas al amamantamiento del bebe.
  • Menos maltrato

 Si usted desea mas información sobre la ley 156 usted puede solicitarla en el Departamento de Salud o buscar en www.lexjuris.com bajo ley 156 del 10 de agosto del 2006.

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